Imagen de un vehículo híbrido

Estimados usuarios, atentamente comunicamos que en atención a la inconformidad presentada por la empresa Colombiana de Comercio SA CORBETA SA Y/O ALKOSTO SA, identificada con NIT 890.900.943 quien manifestó que hizo la solicitud en tiempo pero no fue tenida en cuenta en el momento de asignación.

El grupo de Diseño de Operaciones de Comercio Exterior de la Dirección de Comercio Exterior constató con la Oficina de Sistemas de Información que el correo electrónico con la solicitud de la empresa en mención llegó al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, pero, fue puesto en cuarentena por motivos de seguridad, situación que impidió que el citado grupo lo tuviera en cuenta al momento de la asignación de cupo.

Por lo anterior, se procede con la modificación de la asignación realizada el 17 de octubre de 2024, en aras de garantizar los derechos de la empresa inconforme.
Puede consultar el contenido de la nueva asignación en el siguiente enlace:

Asignación contingente de importación de vehículos híbridos.

Para mayor información ver este documento en PDF.
 


 

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